Se recuerda a todos los frentistas y/o propietarios de inmuebles que se encuentra vigente la Ordenanza nº 3030/92, que regula las condiciones de higiene, mantenimiento y estética de veredas y terrenos baldíos.
Todo propietario es responsable de la materialización del mantenimiento de los baldios y/o reconsatrucción de las veredas ubicadas en su propiedad.
De no realizar estos trabajos, los mismos serán efectuados por personal municipal, siendo los costos cargados a la cuenta y orden del frentista mediante la correspondiente tasa, conforme lo estipula la Ordenanza General Impositiva y Fiscal (art. 17 bis) de nuestra comuna.