A través de la resolución 118/ 14 la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Saavedra ern reunión ordinaria del 17 de marzo de 2014 ha decidido "aprobar la creación de la Escuela de Cadetes quedando establecido este día como el de su fundación e inicio de actividades, acta Nº 1065, folio 197/200 libro Nº 6 de reuniones de Comisión Directiva", señala el artículo 1 de la citada norma.
Se instruye al jefe del cuerpo activo Eugenio Tejera para
hacer la designación del Coordinador de la Escuela y sus ayudantes
quedando estos bajo su dependencia y fiscalización global.
"Los
recursos económicos para su funcionamiento serán administrados a través
de la tesorería de la institución quiien habilitará un registro interno
denominado cuenta "Escuela Cadetes" donde constarán entradas y salidas
generales".
En los considerandos de la resolución se destaca que resulta
"sumamente oportuno y beneficioso para el crecimiento de la institución,
posibilitando observar el desenvolvimiento de todos los inscriptos
durante el tiempo de sus estudios, prácticas y vocación, disciplina y
aptitud para el mando, circunstancia que facilitara notablemente en su
oportunidad hacer la selección de aquellos que su preparación y
capacidad les permita desempeñarse en el servicio activo con las mayores
vitudes y eficiencia".
El resolutorio es rubricado por el presidente Osvaldo Fidalgo y la secretaria Graciela Distel.
Se
informa que el coordinador de la escuela de cadetes tendrá la
responsabilidad de instaurar la organización administrativa y de
capacitación en concordancia con lo establecido en las normativas
actuales vigentes y habilitará un legajo físico de cada cadete con la
más completa documentación asignando un número a cada uno de ellos a
partir del 501 en adelante.
El artículo quinto comenta que "las inscripciones de
interesados será para ambos sexos de 12 a 16 años de edad para Cuartel
Central, Destacamento Nº 1 Goyena y Nº 2 Dufaur con un cupo máximo de
30 vacantes en total.
Mientras que la organización de cualquier tipo de eventos
para "recaudar fondos deberá contar indefectiblemente con la aprobación y
supervisión de la Comisión Directiva".
El artículo séptimo culmina para "Notificar a las partes interesadas, Dar a publicidad y archivar".